Blog del Sitio Ajedrez por Aguascalientes

miércoles, 19 de agosto de 2009

Incrementos


Una de las finalidades del incremento por jugada, que actualmente es el ritmo de juego estándar de la FIDE para las competencias oficiales, es que se eliminen los “apuros de tiempo”, concepto totalmente subjetivo que ha causado varios problemas de reglamentación a través de los años.

En algún momento, la FIDE dictó el artículo 10.2 en las Leyes del Ajedrez, que es igualmente subjetivo en cuanto a lo que pretende regular, dándole al árbitro la autoridad total en una decisión que necesita, además de un amplio conocimiento técnico ajedrecístico, una gran capacidad sensitiva y psicológica para determinar si un jugador está haciendo “suficiente esfuerzo por ganar”.

Otra de las características del apuro de tiempo, es que el jugador puede dejar de anotar la partida si le quedan menos de 5 minutos en su reloj para completar el control de tiempo.

En el pasado Torneo FIDE “El Llano” en donde se jugó bajo el ritmo de juego de 90 minutos para toda la partida por jugador con incrementos de 30 segundos por movimiento, se cuestionó si se debía anotar la partida en su totalidad. La respuesta es: sí. Precisamente una de las condiciones del incremento es que ambos jugadores deben continuar anotando las jugadas de la partida hasta el final de la misma, siempre escribiendo su propia jugada y la de su contrario antes de hacer un nuevo movimiento sobre el tablero.

Cabe mencionar que las propuestas del incremento (bonnus) y el retraso (delay) por movimiento en el ritmo de juego, fueron hechas por Robert James Fischer y David Bronstein en su tiempo. Además, esta modalidad dio la apertura a un nuevo producto: el reloj digital.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Pero si hay casos de Zeinot en esas modalidades, ya que no hay un limite de jugadas en función del tiempo